COSAS QUE PASARON… I
El archivo del Juzgado de Paz de Adolfo Alsina contiene información que de manera implícita permite conocer distintos aspectos de la vida cotidiana, de lugares y de personas. Vamos a conocer en esta oportunidad una demanda de Desalojo que trae información sobre cómo se fue conformando la urbanidad de Epecuén y en especial su forestación, algo que pareciera sencillo pero en un contexto de estar asociada a la costa de una laguna extremadamente salada, no es algo simple.
En 1927 Don Manuel Álvarez García y Florentino Gonzales presentan demanda por desalojo a Salvador Macías (JP Civil. Orden 90).
El 29 de abril de 1927 se presenta al Juzgado el sr. Alejo Valencia, en representación de Manuel Álvarez García y Florentino Gonzales, domiciliados en Cap. Fed. (Salta 992) para entablar demanda por desalojo a Macías, domiciliado en Ctel 2, de los lotes en condominio con Nros 8,10,12 y 14 de la manzana 10, que forman parte de la Manzana 56. Declaran que no hay contrato escrito y que los ocupa como “intruso”.
Citado Salvador Macías, declara que había convenido con Álvarez García que permanecería en el terreno por dos años, desde enero de 1926 a enero de 1928 con la condición que en dicho término Álvarez G. le daría un plantío necesario para forestar y cuidarlo, habiendo convenido que por cada planta que se conservara en buen estado de vida, le pagaría $1.50 por cada una a la terminación del convenio, así como la suma de $60 por la nivelación del terreno. Como prueba presenta un plano efectuado a puño y letra por Álvarez G. y que también al momento le entregó 90 eucaliptus, 134 tamariscos y 305 paraísos, 12 sauces.
Ofrece de testigos a Don Pedro Arhex, Lorenzo Lacurtiada y Julian Laya, vecinos del Ctel 2. Y solicita se cite al autor del plano para su reconocimiento mediante su letra.
Por su parte, Alejo Valencia presenta escrituras de terrenos, de fecha 16-3-1922, escribano público Juan Novalicio de Florencio Varela, Nro 20, inscripto en el Registro de la Propiedad de La Plata, 7-4-1922, bajo Nro 73. Los terrenos habían sido adquiridos a Arturo Vatteone.
SENTENCIA
En virtud que los planos presentados por Macías carecían de valor legal, ni número de manzana, ni parcelas, se lo intima a dejar el inmueble, así como todos los cercos, plantaciones y frutos existentes de ellos.
El 13-9-1927 se presenta una nueva demanda, argumentando que Macías no hizo cumplimiento de la sentencia.
Finalmente el 15-9-1927 Macías hace entrega de una llave. Declara que deja en el terreno, posiblemente sin transplantar: 47 eucaliptus, 176 paraísos, 78 alamos, 56 membrillos, 62 sauces, 50 mimbres, 6 parras de uvas, y un cerco de tamariscos de 252 plantas, y 679 tamariscos entre chicos y grandes. Además un candado con sus llaves, una máquina para matar hormigas, además de varias T, codos y caños de riego.
UBICACIÓN DEL LUGAR
La ubicación catastral actual es la sección C, Manzana 217, lotes haciendo esquina de las calles Avda. de Mayo y Cangallo, algunos de cuyos lotes fueron la propiedad de Abel Bonjour sobre Avda. de Mayo. Con el tiempo esa forestación de tamariscos seguro fue retirada para la construcción.